martes, 10 de septiembre de 2013

¿Es la redistribución de ingresos algo bueno?

Autor: Lisandro Yolis
1.- Introducción
El objeto del presente trabajo es analizar la redistribución de la renta a través del Sistema Tributario. A esos fines, se tomarán centralmente dos posturas netamente contrapuestas, por un lado, la visión de Robert Nozick y, por el otro, el planteo que hacen de la cuestión Liam Murphy y Thomas Nagel. Concretamente, la idea es determinar las bondades de la redistribución y los problemas que podría generar.
2.- La redistribución en la teoría de Robert Nozick
En Anarchy, State and Utopia[1], Robert Nozick cuestiona la existencia del Estado moderno y su extensión. Partiendo del estado de naturaleza de John Locke, llega a una primera conclusión de que la existencia del Estado es necesaria; ello como contraposición a las tesis anarquistas en las que el Estado no debería existir en absoluto. Con esa primera conclusión, el autor se plantea cuán extenso debe ser ese Estado. Así, llega a su segunda conclusión (y al tema central del libro), el Estado debe ser mínimo, es decir, no puede ser más extenso que lo estrictamente necesario para cumplir las funciones que el autor supone como esenciales. Concretamente, enuncia la siguiente idea: “el Estado mínimo es el Estado más extenso que se puede justificar. Cualquier Estado más extenso viola los derechos de las personas”[2]. Luego, de exteriorizar esa postura, toda la obra consiste en determinar cuáles atribuciones debe tener ese Estado mínimo.
Básicamente, la conclusión de Nozick no es otra que: “el Estado mínimo nos trata como individuos inviolables, que no pueden ser usados por otros de cierta manera, como medios o herramientas o instrumentos o recursos; nos trata como personas que tienen derechos individuales, con la dignidad que esto constituye. Que se nos trate con respeto, respetando nuestros derechos, nos permite, individualmente o con quien nosotros escojamos decidir nuestra vida y alcanzar nuestros fines y nuestra concepción de nosotros mismos, tanto como podamos, ayudados por la cooperación voluntaria de otros que posean la misma dignidad”[3]. O dicho de otra forma también en palabras del autor: “un Estado mínimo, limitado a las estrechas funciones de protección contra la violencia, el robo y el fraude, de cumplimiento de contratos, etcétera, se justifica; que cualquier Estado más extenso violaría el derecho de las personas de no ser obligadas a hacer ciertas cosas y, por tanto, no se justifica (…) Dos implicaciones notables son que el Estado no puede usar su aparato coactivo con el propósito de hacer que algunos ciudadanos ayuden a otros o para prohibirle a la gente actividades para su propio bien o protección”[4].
Entrando al tema central del presente trabajo, el autor se pregunta si la redistribución debe ocurrir, es decir, con una distribución dada, se cuestiona si se debe hacer nuevamente lo que ya se ha hecho una vez a través de la distribución[5]. Claramente, la visión expuesta en el párrafo anterior lleva a Nozick a concluir que la redistribución de los ingresos mediante un aparato impositivo estatal es inmoral[6]. Sin duda, la posición es tajante. Sin embargo, conviene ampliar un poco los fundamentos exteriorizados a fin de considerar la pertinencia de la redistribución a través del sistema tributario.
Nozick expone las formas de adquirir un bien y las sintetiza en la teoría de la justicia de las pertenencias, dando los lineamientos generales: “las pertenencias de una persona son justas si tiene derecho a ellas por los principios de justicia en la adquisición y en la transferencia, o por el principio de rectificación de injusticia. Si todas las pertenencias de la persona son justas, entonces el conjunto total (la distribución total) de las pertenencias es justo”[7].
Ello lleva a dos consecuencias inevitables. En primer lugar, que ningún principio de distribución pautada de justicia puede ser realizado en todo momento sin la intervención continua en la vida de las personas[8]. En segundo lugar, los principios pautados de justicia distributiva necesitan de actividades redistributivas[9]. En otras palabras, para mantener una pauta de distribución se tiene que, o bien intervenir continuamente para impedir que la persona transmita recursos a su antojo, o bien intervenir periódicamente a fin de tomar recursos de algunas personas que otras habían decidido, por alguna razón, transmitirles a ellas[10].
La posición de Nozick respecto de la redistribución de ingresos mediante el sistema tributario no es menos categórica. Entiende que la redistribución viola los derechos de las personas y asimila el impuesto al producto del trabajo con el trabajo forzado: tomar las ganancias de x cantidad de horas trabajadas es como tomar x cantidad de horas de la persona; sería como forzar a una persona a trabajar x cantidad de horas para propósitos de otra persona[11].
El autor descarta la idea de aquellos teóricos que proponen un impuesto proporcional sobre las sumas que sobrepasan la cantidad necesaria de dinero para cubrir las necesidades básicas, entiende que para esos autores esta postura no obliga a algunas personas a trabajar horas extras, ya que no se determina un número fijo de horas extras que la persona está obligada a trabajar, puesto que el trabajador podría evitar el impuesto en su totalidad ganando únicamente lo suficiente para cubrir sus necesidades básicas[12]. Contra estas posiciones, Nozick señala que algunas personas que deciden trabajar una mayor cantidad de horas a aquellas necesarias para solamente cubrir sus necesidades básicas y que prefieren adquirir bienes o servicios adicionales por sobre la recreación u otras actividades que podría realizar durante sus horas no laborales (ocio); por otra parte, también hay algunas personas que deciden no trabajar tiempo extra y prefieren realizar las actividades recreativas por sobre los bienes o servicios adicionales que podría obtener trabajando mayor cantidad de horas[13]. Esas diferentes preferencias llevan a la incontrastable pregunta: “¿Por qué debemos tratar al hombre cuya felicidad requiere de ciertos bienes o servicios materiales de manera diferente de como tratamos al hombre cuyas preferencias o deseos hacen innecesarios tales bienes para su felicidad?”[14].
Más allá de las enunciaciones que anteceden, Nozick analiza más profundamente la cuestión de la redistribución.
En ese sentido y como primera aproximación, plantea una situación y evidencia el problema del free riding. Supone la creación, por parte del Estado, de una redistribución obligatoria sin gastos de administración, donde cada individuo rico anónimamente envíe a un individuo pobre ignoto una determina suma de dinero, así, la transferencia total resultará ser la suma total de cada una de esas transferencias anónimas e individuales, suponiendo también que los individuos apoyan el sistema obligatorio. El autor se pregunta si los individuos continuarían haciendo sus transferencias voluntariamente en el supuesto que el sistema dejase de ser obligatorio; ya que antes cada contribución ayudaba a un individuo específico, obviamente, uno debería seguir ayudando a ese individuo independientemente de si los otros continúan o no haciendo la propia contribución. Sin embargo, ¿podría alguno no querer hacerlo más? La respuesta afirmativa tendría, cuanto menos, dos razones: en primer lugar, la contribución del individuo tendría menos efecto sobre el problema de la pobreza que dentro del sistema obligatorio; en segundo lugar, continuar haciendo su contribución en el sistema voluntario presupone que el individuo haga un mayor sacrificio, su contribución le da menos o le cuesta más[15].
Quizás convenga ampliar la explicación precedente de por qué a un individuo podría costarle más la contribución si fuese voluntaria y los otros no lo hacen. El autor señala que podría sentir que sólo los tontos hacen sacrificios especiales cuando otros pudiesen escaparse sin sacrificio alguno, o podría pensar que su posición empeora en relación con la de aquellos que no contribuyen, o, finalmente, que ese empeoramiento de su situación relativa podría colocarlo en una peor posición competitiva frente a los otros para obtener algo que desea. Sea cual fuere la razón, puede también haber personas que se nieguen a contribuir y obligarlos a hacerlo violaría los frenos morales. En definitiva, si algunos están dispuestos a contribuir sólo si todos fueran forzados a contribuir, esta situación no sería del tipo óptimo de Pareto, ya que los que se niegan estarían en una peor condición[16].
Por último, Nozick sostiene que los programas redistributivos beneficiarán principalmente a la clase media[17].
En resumidas cuentas, la posición de Robert Nozick, denominada libertaria, se opone francamente con la redistribución de la renta a través de un sistema impositivo y enaltece por sobre todos los derechos la libertad de los individuos[18]. Lo interesante de su postura, y por ello el motivo del análisis en el presente trabajo, radica en que, conociendo algunos de los problemas de la redistribución, se puede entender mejor la necesidad o no de su aplicación y la forma en que la misma debe ser implementada.
3.- Una visión diferente sobre la cuestión
Liam Murphy y Thomas Nagel proponen una visión distinta de la cuestión de la redistribución en su libro The Myth of Ownership: Taxes and Justice[19].
Los autores señalan que el sistema impositivo tiene dos funciones principales: por un lado, determina cuántos recursos de la sociedad quedarán bajo el control del gobierno y cuántos quedarán en manos de los particulares (división pública-privada); y, por otro lado, determina qué porción del producto social será compartido entre los diferentes individuos, sea como propiedad privada o en la forma de beneficios provistos públicamente (distribución)[20]. En ese sentido, entienden que existe una importante correlación entre redistribución y la provisión de bienes públicos, aunque la misma no es necesaria[21].
Sentado lo anterior, aclaran que la eficiencia requiere que no sean utilizados recursos públicos, si los privados podrían hacerlo mejor, y viceversa. Idealmente, la relación entre gasto público y gasto privado debería establecerse de manera en que resulten igualados sus valores marginales[22].
Asimismo, si bien el gasto público puede resultar redistributivo de por sí, lo cierto es que en algunos casos podría no serlo. Así, la manera de encarar la cuestión entre lo público y lo privado redundará -para los autores- en un problema de distribución. Claramente, como se vio en la primer parte del trabajo en la postura de Nozick e idénticamente es enunciado por los autores, existe un desacuerdo generalizado sobre el tema de la distribución (igualitaristas, utilitaristas, liberales, etcétera)[23].
Luego de esa breve introducción, los autores señalan que la mayor razón para la provisión pública radicará en brindar bienes públicos (bienes de los cuales nadie puede ser excluido del beneficio y que no pueden ser brindados sin ser brindados para todos). Asimismo, debe tenerse presente que no todos los individuos consumirán la misma cantidad de cada bien público[24].
Para el análisis los autores proponen asumir como trasfondo una distribución justa, pero desigual. Así, si la distribución primigenia es justa, se podrá hacer que los bienes públicos sean financiados de manera que el dinero de los individuos no pierda valor para ellos. Teniendo en cuenta que la exclusión no es posible, se podría determinar el nivel de provisión preguntando a cada individuo sobre la adquisición de un bien público (por ejemplo, defensa), y siendo que no puede ofrecerse protección a cada uno por un precio, excluyéndose a los que no pagan, se deberá otorgar el mismo nivel de protección al mismo costo per capita, aun cuando cada individuo valore su dinero de diferente forma. Obviamente, la distinta valoración no se relaciona con la preocupación por una invasión militar, sino por el hecho de que algunos individuos tienen más dinero que otros. El fundamento es, claramente, la utilidad marginal del dinero[25].
De esta forma, si se logra equiparar la utilidad marginal entre el gasto público y el gasto privado para cada individuo, se evidencia que esta postura dista de dejar la formación del precio y la asignación de los bienes al libre mercado, ya que el libre mercado dejará automáticamente un excedente a aquellos individuos con mayores ingresos, ya que los más pobres sólo se benefician del excedente cuando los bienes son muy baratos, para ellos nada se siente barato o sin costo alguno; en general, sus compras se acercan a su precio de reserva[26].
Consecuentemente, para los autores el gobierno debería manejarse como un monopolista que discrimina precios, determinando en cada caso cuanto aporta cada individuo al bien público acorde con su valoración y financiando el total del costo del bien público a través de la suma de desiguales gravámenes. Estos gravámenes diferenciados deben ser establecidos en menor medida que el precio de reserva de cada individuo o igualándolo a éste. Entre altos niveles de provisión pública y bajos niveles de dicha provisión, se encontrará un nivel de provisión y asignación del costo que será eficiente y no excederá el costo de reserva de ningún contribuyente. Finalmente, los autores destacan que el costo total del bien público para un nivel dado de provisión, en la mayoría de los casos, será más bajo que la suma de los precios de reserva de los individuos, generándose de la misma forma que en un mercado competitivo para algunos contribuyentes un excedente por su diferente valoración del dinero[27].
Sin embargo, los autores ponen de relieve que la elección del Estado como un monopolista no lucrativo y que discrimina precios plantea, inevitablemente, cuestiones sobre justicia y no solamente sobre eficiencia. Así, los autores se encuentran con que el tema de la distribución redundará en un problema sobre la provisión pública, aún para quienes creen en la justicia distributiva. Los autores observan que, frente una forma de distribución asumida como justa, el financiamiento de los bienes públicos deberá hacerse acorde con algún standard de proporcionalidad en el beneficio. En algún sentido, entonces, este sistema se tornará inevitablemente redistributivo por sus efectos, aun cuando no se lo haga intencionalmente. Pero, recuerdan que el fundamento de esta solución es en realidad la eficiencia y no la redistribución[28].
En resumidas cuentas, los autores señalan que librar al mercado la provisión de bienes públicos puede dejar, en algunos aspectos, a muchos individuos en una situación inferior o menos beneficiosa. Nuevamente, la justificación de la provisión pública no es con fines netamente redistributivos, sino por razones de eficiencia[29].
Sentado todo lo anterior, los autores se concentran en el tratamiento de la redistribución. Así, concluyen que la redistribución no necesariamente debe tomar la forma de provisión pública, pero puede resultar así; y la elección entre transferir dinero o hacerlo en especie (mediante bienes públicos) será siempre importante. Sin embargo y dejando de lado la provisión pública específicamente con intención redistributiva, también habrá consecuencias de la provisión pública de bienes públicos que no serán meramente redistributivos. Esto significa que la redistribución, usualmente, tomará la forma de una combinación entre transferencias directas y contribuciones diferenciadas en el financiamiento de los bienes públicos[30].
Finalmente, los autores se preguntan si la redistribución debe hacerse en dinero o en especie. Ya vimos que la provisión pública redundará en una redistribución. Los autores plantean que, si las teorías conservadores sostienen que la gente sabe mejor que hacer con el dinero que el Estado, entonces lleva a sostener que no se podrían oponer a la redistribución en dinero, ya que los propietarios privados sabrán mejor que hacer con éste[31].
Por último, los autores concluyen que: en primer lugar, existen suficientes razones, más allá de la justicia distributiva, para que los costos de los gastos públicos sean soportados desigualmente por aquellos que tienen desiguales recursos; en segundo lugar, algunas cuestiones que se evidenciarían como bienes públicos podrían, plausiblemente, ser consideradas como bien público sin tener que apelar a la justicia distributiva; y, en tercer lugar, si se acepta seriamente como requisito social a la justicia distributiva, entonces queda abierta la pregunta si debería llevarse a cabo a través de transferencias de dinero o en especie por la provisión de bienes públicos o por vouchers para fines específicos y que puedan utilizarse en el mercado privado[32].
4.- Conclusión
A lo largo del presente trabajo se han relevado los aspectos –creemos- más importantes en lo atinente a la redistribución de los ingresos a través del sistema impositivo.
Si bien las teorías expuestas, tanto de Robert Nozick como de Liam Murphy y Thomas Nagel, parecen contraponerse, lo cierto es que vienen a explicar la misma cuestión desde posiciones diferentes.
En primer lugar, Robert Nozick escribió su libro Anarchy, State and Utopia (1974) como repuesta a la Teoría de la Justicia de John Rawls publicada en 1971. Básicamente, Nozick se centra en elaborar una teoría crítica de la justicia distributiva.
Nuestra posición al respecto radica en que la redistribución de los ingresos es necesaria a los fines de propender a una sociedad más igualitaria, ya que la teoría de la justicia de las pertenencias de Nozick no soluciona las inequidades sociales subyacentes ni iguala las diferentes habilidades y posibilidades de las personas en la obtención de ingresos.
Más allá de nuestra opinión, allí se enfocó la segunda parte de este trabajo y por eso resulta de sumo interés la posición que proponen Murphy y Nagel. Estos autores proponen justificar la redistribución, ya no como una redistribución en sí misma, sino como una forma más de eficiencia en la economía. Si bien no se apartan completamente de la justicia distributiva, la dejan de lado para encontrar fundamentos de eficiencia en la redistribución, el pago diferenciado de los bienes públicos según los recursos diferenciados de cada individuo.
Podemos concluir que la posición de Murphy y Nagel no se opone directamente con la teoría de Nozick; sin embargo, viene a dar sustento a la redistribución de los ingresos -más allá de los fundamentos de la teoría de la justicia- luego de la contundente oposición a aquélla efectuada por Nozick. Finalmente, podemos decir que Murphy y Nagel logran darle actualidad y un nuevo enfoque filosófico a la redistribución, en un punto -quizás- intermedio entre Rawls y Nozick, propiciando así la discusión desde una perspectiva diferente y renovada del tema.


[1] Robert Nozick, Anarquía, Estado y Utopía, Fondo de la Cultura Económica, México, 1988.
[2] Robert Nozick, op. cit., página 153.
[3] Robert Nozick, op. cit., página 319.
[4] Robert Nozick, op. cit., página 7.
[5] Conf. Robert Nozick, op. cit., página 153.
[6] Conf. Robert Nozick, op. cit., página 62.
[7] Robert Nozick, op. cit., página 156.
[8] Conf. Robert Nozick, op. cit., página 166.
[9] Conf. Robert Nozick, op. cit., página 170.
[10] Conf. Robert Nozick, op. cit., página 166.
[11] Conf. Robert Nozick, op. cit., páginas 170/171.
[12] Conf. Robert Nozick, op. cit., página 171.
[13] Conf. Robert Nozick, op. cit., páginas 171/172.
[14] Conf. Robert Nozick, op. cit., página 172.
[15] Conf. Robert Nozick, op. cit., página 257.
[16] Conf. Robert Nozick, op. cit., páginas 259/260.
[17] En ese sentido, Nozick plantea un particularidad de los programas redistributivos: ¿por qué el 51% de la población que se encuentra en una peor situación no vota para la imposición de políticas redistributivas al 49% de los están en una mejor situación y así mejorar su posición? La solución se encuentra -según el autor- en cómo vote el 2% del medio de la población, ya que ese 2% será el que decida el modo en que se conformará la mayoría, si con el 49% en peor situación o con el 49% en mejor situación. La respuesta de Nozick parece irrebatible, para el 49% en mejor situación es más barato comprar el apoyo del 2% del medio que ser expropiado por el 51% de bajo; claramente, el 49% en peor situación no puede ofrecer más al 2% del medio de lo que puede ofrecer el 49% en mejor situación. Si bien él mismo reconoce que el grupo del medio no es exactamente el 2% y que en muchos casos es difícil determinar en qué porcentaje de la población se encuentra un grupo, su conclusión es que “una coalición votante del fondo no se formará porque será menos caro para el grupo de arriba comprar al grupo pendular de en medio que dejarlo que se conforme”.
[18] Resulta sumamente interesante para entender el punto central de Robert Nozick citar el ejemplo que da del jugador de basketball Wilt Chamberlain: “No es claro cómo los que sostienen concepciones distintas de justicia distributiva pueden rechazar la concepción retributiva de la justicia en las pertenencias. Porque supóngase que se realiza una distribución favorecida por una de estas concepciones no retributivas. Permítasenos llamarla distribución D1; tal vez todos tienen una porción igual, tal vez las proporciones varían de acuerdo con alguna dimensión que usted atesora. Ahora bien, supongamos que Wilt Chamberlain se encuentra en gran demanda por parte de los equipos de baloncesto, por ser una gran atracción de taquilla. Wilt Chamberlain firma la siguiente clase de contrato con un equipo: en cada juego en que su equipo sea local, veinticinco centavos del precio de cada boleto de entrada serán para él. La temporada comienza, la gente alegremente asiste a los juegos de su equipo; las personas compran sus boletos depositando, cada vez, veinticinco centavos del precio de entrada en una caja especial que tiene el nombre de Chamberlain. Las personas están entusiasmadas viéndolo jugar; para ellos vale el precio total de entrada. Supongamos que en una temporada, un millón de personas asisten a los juegos del equipo local y que Wilt Chamberlain termina con 250 mil dólares, suma mucho mayor que el ingreso promedio e incluso mayor que el de ningún otro. ¿Tiene derecho a este ingreso? ¿Es injusta esta nueva distribución en D2? Si es así, ¿por qué? No hay duda de que si cada una de las personas tenía derecho al control sobre los recursos que tenían en D1, puesto que ésa fue la distribución (su distribución favorita) que (para los propósitos del argumento) dimos como aceptable. Cada una de estas personas decidió dar veinticinco centavos de su dinero a Chamberlain. Pudieron haberlo gastado yendo al cine, en barras de caramelo o en ejemplares del Dissent o de la Monthly Review. Pero de todas ellas, al menos un millón de ellas, convinieron en dárselo a Wilt Chamberlain a cambio de verlo jugar al baloncesto. Si D1 fue una distribución justa, la gente voluntariamente pasó de ella a D2, transmitiendo parte de las porciones que se le dieron según D1 (¿para qué si no para hacer algo con ella?) ¿No es D2 también justa? Si las personas tenían derecho a disponer de los recursos a los que tenían derecho (según D1), ¿no incluía esto el estar facultado a dárselo, o intercambiarlo con Wilt Chamberlain? ¿Puede alguien más quejarse por motivos de justicia? Todas las otras personas ya tienen su porción legítima según D1. Según D1 no hay nada que alguien tenga sobre lo cual algún otro tenga una reclamación de justicia. Después de que alguien transmite algo a Wilt Chamberlain, las terceras partes todavía tienen sus porciones legítimas; sus porciones no cambian. ¿Por medio de qué proceso podría tal transferencia de dos personas dar origen a una reclamación legítima de justicia distributiva, contra una porción de lo que fue transferido, por parte de un tercero que no tenía ninguna reclamación de justicia sobre ninguna pertenencia de los otros antes de la transferencia?”, página 163/164.
[19] Conf. Liam Murphy and Thomas Nagel, The Myth of Ownership: Taxes and Justice, Oxford University Press, United State of America, 2002.
[20] Conf. Liam Murphy and Thomas Nagel, op. cit., página 76.
[21] Conf. Liam Murphy and Thomas Nagel, op. cit., página 77.
[22] Conf. Liam Murphy and Thomas Nagel, op. cit., página 77.
[23] Conf. Liam Murphy and Thomas Nagel, op. cit., página 78.
[24] Conf. Liam Murphy and Thomas Nagel, op. cit., página 80/81.
[25] Conf. Liam Murphy and Thomas Nagel, op. cit., página 81/82.
[26] Conf. Liam Murphy and Thomas Nagel, op. cit., página 83.
[27] Los autores dan un interesante ejemplo: “Suppose there is a satiation level for national defense, and that Poor were willing to pay at a maximum 10% of a $20,000 income to reach that level, and Rich were willing to pay up to 30% of a $100,000 income, but that the cost per citizen of this level is only $10,000. Clearly, it would be inefficient to take $10,000 out of the private consumption of each of them to finance it, since that would make Poor worse off. It would also be inefficient to choose a lower level of provision. But if this level is supplied by the state, should Poor be assessed $2,000 and Rich $18,000; or should Rich pay $20,000 and Poor nothing; or should each pay a share of the total in proportion to their reserve prices—that is, $18,750 and $1,250? (Not that those are the only efficient alternatives.) All these allocations not only are efficient but also equalize the marginal utility of defense and private expenditure for each taxpayer— since the marginal utility of a defense dollar for each depends on how much the other is paying” (página 84).
[28] Conf. Liam Murphy and Thomas Nagel, op. cit., página 85.
[29] Los autores ejemplifican el punto de que los beneficios no se limitan únicamente a quienes son receptores directos del beneficio, sino a toda la sociedad: “If we can ensure a decent level of education for all, independently of their ability to pay, the result will be a society that is much better for everyone to live in, and economically better for almost everyone, than a society with high levels of illiteracy and innumeracy. (…) Such programs are usually regarded as redistributive, but the alternative to a decent social minimum is a society with real poverty, which often results in higher rates of crime, drug addiction, and single motherhood, all of which impose their own costs not only on the poor but on everyone. To be grim about it, the cost of subsidizing wages for unskilled labor to make them sufficient to support a family might well be balanced by savings in the costs of prisons and law enforcement that such a change would produce, not to mention the value for everyone of the change in the social environment. Again, such programs would not be redistributive in the usual sense of benefiting some at the expense of others. The poor would benefit but only to the extent that the rich would also (…) But it is still driven by efficiency, not fairness—a direct appeal to the interests of each, with no sacrifice being imposed on anyone” (página 87).
[30] Conf. Liam Murphy and Thomas Nagel, op. cit., página 89.
[31] Conf. Liam Murphy and Thomas Nagel, op. cit., página 90/91.
[32] Conf. Liam Murphy and Thomas Nagel, op. cit., página 94/95.

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